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La Audiencia Nacional cita a declarar los administradores de García Carrión

Nueva fase judicial en uno de los escándalos de la trama del vino del Estado español que supuestamente querían dar gato por liebre en el caso Valdepeñas. El titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional, José Luis Calama ha citado como investigados al consejero delegado y presidente del Consejo de Administración de las bodegas Félix Solís, en Félix Solís Yáñez, y el administrador único de García Carrión, José García Carrión Jordán, para que declaren en la causa abierta por estafa relativa a la «comercialización, entre el 2017 y el 2019, como crianza, reserva y gran reserva de vinos que supuestamente no cumplían los requisitos de elaboración, ni en periodo de envejecimiento ni en la permanencia en tonel de roble ni en botella».

El magistrado instructor ha citado José García Carrión por el 4 de diciembre, a las 9 de la mañana, mientras que Félix Solís Yáñez declarará una semana más tarde, el día 11, en la misma hora. La causa abierta es la 21/2021 que se sigue por delitos de publicidad engañosa, estafa y falsedad documental. En la interlocutoria del juez, de 33 páginas y a la que ha tenido acceso Vadevi, con la que continúa la investigación y califica los investigados, también confirma que dirigirá el procedimiento como personas jurídicas a las entidades certificadoras Sohiscert y Liec Agroalimentaria a las que considera que hay bastantes indicios de ser «cooperadores necesarios» de los supuestos delitos. También tendrán que declarar como testigos, el 23 de noviembre, el consejero de de Agricultura de Castilla-La Mancha, Francisco Martínez Arroyo.

Desproporción de los datos

Según la interlocutoria, el caso se inicia cuando el abril de 2021 se admitió a trámite la querella de la fiscalía. Una querella que permitió investigar a la policía judicial, recoger documentación y practicar varias diligencias. En el caso de Solís, el juez opina que “han llevado a cabo una comercialización de vinos tintos de Denominación de Origen Valdepeñas con las menciones crianza, reserva y gran reserva, en cantidades muy superiores a las declaradas al Consejo Regulador de la Denominación de Origen Valdepeñas, durante el periodo correspondientes en 2017, 2018 y 2019, y lo han introducido al mercado».

Por el magistrado, hay una «evidente carencia de concordancia entre los datos proporcionados por los diferentes organismos involucrados en la producción, control y certificación, que hace poner en entredicho la veracidad de la información proporcionada por los investigados, con independencia de la posible participación en los hechos del resto de operadores que intervienen en este proceso». Al juez no le cuadran los números entre las existencias de vino recogidas, las salidas declaradas, las declaraciones de aptitud y el parque de toneles declarado. Como ejemplo, el magistrado resalta en su resolución que a principios de año 2017, las bodegas investigadas tenían una «cantidad considerablemente más grande de vino que la declarada al Consejo Regulador». En concreto, la diferencia ascendía a 914.988 litros. Además, y según la resolución judicial, «disponían de 605.480 litros de vino de reserva por encima del comunicado al Consejo Regulador».

Por otro lado, Calama subraya una diferencia de 4.608.437 litros entre las salidas declaradas al Consejo Regulador y la comercialización a trece empresas de todo el Estado. En detalle, el vino calificado de reserva presenta un descuadre de 3.767.884 litros. En cuanto a los datos facilitados a requerimiento judicial, esta diferencia llega a los 15.621.492 litros.

Parto de la interlocutoria del juez Calama sobre el caso García Carrión/QS
Parte de la interlocutoria del juez Calama sobre el caso García Carrión/QS

Números que no cuadran

La resolución asegura que la investigación policial y la documentación aportada “pone indiciariamente de manifiesto que García Carrión SA y Grupo Vinartis SA y José García Carrión también habrían comercializado vinos tintos de Denominación de Origen Valdepeñas sin cumplir los requisitos de elaboración, ni en periodo mínimo de envejecimiento, ni en la permanencia en tonel de roble, ni en botella”. Es decir, llevaban un sello que no había cumplido los protocolos de producción y elaboración. De hecho, el juez constata que no hay bastantes toneles para envejecer la cantidad de vino que han puesto a la venta. De aquí que el juez vaya más allá de las bodegas y apunte las entidades certificadoras.

De este modo, el juez ha acordado dirigir el procedimiento contra las certificadoras Sohicert SA. Y Liec Agroalimentaria SL. En síntesis, sospecha que podrían haber actuado como cooperadores necesarios de los ilícitos penaltis investigados. «Así, puesto que la emisión de certificados de aptitud a sabiendas de que los datos en aquellos contenidos no se ajustan a la realidad, constituirán una aportación necesaria para la ejecución de los delitos objete de investigación», argumenta el magistrado. La misma resolución deja fuera del caso las bodegas Navarro López y Fernando Castro, que a pesar de haber sido investigadas el juez no ha encontrado ningún indicio que hayan participado en la trama.

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